viernes, 1 de junio de 2012

¿Qué son las prácticas monopólicas y cuantos tipos hay?



Son acciones o decisiones de negocios tomadas por una o varias personas o empresas y que tienen el objeto o el efecto de restringir el proceso de competencia y libre concurrencia, para proteger o extender su posición en un mercado, con lo cual causan un perjuicio al mercado, a otras empresas y al consumidor. La LFCE distingue dos tipos:

1. Las prácticas monopólicas absolutas (PMA)

Las PMA son acuerdos entre competidores por los cuales fijan precios, restringen la oferta, segmentan los mercados o coordinan sus posturas en licitaciones. Al ser las prácticas más graves en términos de competencia, éstas son estrictamente ilegales y acarrean fuertes sanciones.

Estas prácticas eliminan la competencia entre los agentes que se coluden, lo cual genera graves repercusiones sobre el bienestar de la economía, al darse la posibilidad de imponer precios mayores a los que prevalecerían en una situación de competencia y similares a los de un monopolio. En otras palabras, le impiden a la sociedad obtener los beneficios de la competencia económica: Mejores precios y mayor calidad en los productos. Todos los actos que se deriven de una práctica monopólica absoluta son nulos.

2. Las prácticas monopólicas relativas (PMR)

Las PMR no son negativas en sí mismas, puesto que sólo se dan cuando existe una empresa que tiene poder en un mercado y que abusa de esta posición para:
1. Sacar a otras empresas del mercado.
2. Impedir sustancialmente el acceso al mercado.
3. Establecer ventajas exclusivas a favor de una o varias personas.
La Ley de Competencia señala en su artículo 10, en XI fracciones, diversas conductas que pueden constituir PMR.



Fuente:


http://www.cfc.gob.mx/index.php/es/transparencia/transparencia-focalizada/alias-prcticasmonopolicasytipos

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